Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacionalidad de la esposa, la conviertan en apátrida o la obliguen a adoptar la nacionalidad del cónyuge.
缔约各国应女与男子有取得、或保留国籍的同等权利,它应特别保证,与非国人结婚或于婚姻存续期间丈国籍均不当然妻子的国籍,使她成为无国籍人,或把丈的国籍强加于她。