La Convención sobre los Derechos del Niño afirma, en su artículo 29, que la educación del niño deberá estar encaminada a “desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades” y “preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena”.
《儿权利公约》第29条规定,儿教育方针应是“最充分地发展儿性、才智身心能力”“培儿本着各国人、裔、宗教群体以及原为土著居人之间谅解、平、宽容、男女平等友好精神,在自由社会里过有责任感生活”。