En cuanto al derecho internacional humanitario, el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra prohíbe los atentados contra la vida y la integridad corporal, incluidos los tratos crueles y la tortura, la toma de rehenes y los atentados contra la dignidad personal, en particular los tratos humillantes y degradantes.
关于国际道主义法,《日内瓦四公约》共同第3条禁止对生命和身施以暴力行为,包括残忍待遇和酷刑,扣押质和损害个尊,是侮辱和有辱待遇。